AEFYT pide modificaciones en el Reglamento Europeo F-Gas

La Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías (AEFYT) ha anunciado la toma de medidas destinadas a conseguir que la definición de Equipos de Refrigeración Comercial adoptada por el Reglamento Europeo de Gases Fluorados sea tecnológicamente neutral.

El objetivo es que las ingenierías puedan tener a su disposición una gama suficiente de tecnologías que responda a las diferentes necesidades en cuanto a eficiencia energética y a las distintas condiciones climáticas que se dan en la Unión Europea. Además, dicha neutralidad tecnológica permitirá fomentar la competitividad entre equipos y, por tanto, el control de precios y la investigación y desarrollo.

La primera de estas acciones es suscribir y apoyar la propuesta realizada por la asociación europea del retail, EuroCommerce, que está en línea con las demandas de AEFYT al exigir la redefinición de la refrigeración en cascada de CO2 incluyendo equipos tanto directos como indirectos. Además, AEFYT buscará apoyos en otras organizaciones tanto españolas como europeas, particularmente entre los países del Sur y del Este de Europa, los más perjudicados por la actual redacción del Reglamento. Por último, la Asociación va a elevar su propuesta a los ministerios españoles de Industria y Comercio.

La definición de Equipos de Refrigeración Comercial adoptada por el Reglamento Europeo de Gases Fluorados del 16 de abril de 2014 obliga, a partir del año 2022, a que los nuevos equipos instalados en el sector comercial sean exclusivamente con sistemas indirectos de cascada de CO2. Esta circunstancia, en opinión de AEFYT, supone una grave limitación tecnológica y económica para fabricantes, instaladores y usuarios; además de no ofrecer un claro ahorro energético en países con altas temperaturas. La Comisión Europea debe evaluar esta definición en julio de 2017, para lo que ya se han comenzado los trabajos de consulta.

“Consideramos que esta definición es muy perjudicial para la industria del frío comercial en España y otros países del Sur y del Este de Europa. Limitar la oferta de los equipos a una sola tecnología atenta contra el principio básico de la neutralidad tecnológica y de la competitividad empresarial. La posible adopción de los sistemas indirectos como única tecnología aplicable no tiene en cuenta las necesidades que se plantean en los distintos proyectos, especialmente en países que registran alta temperaturas, y no ofrece los ahorros energéticos que se buscan con este Reglamento”, afirmó Roberto Solsona, presidente de AEFYT.

«Esperamos que, dadas las peticiones de asociaciones como la nuestra y como EuroCommerce, la Comisión Europea recapacite y aplique los principios de ecuanimidad técnica que le son exigibles; así como recibir el apoyo del Gobierno español en la defensa de la industrial nacional”, añadió.